Madrid Visados Preguntas Frecuentes
For information in English, please read the Madrid Visa FAQs.
1. ¿Necesito un visado para viajar a Irlanda?
La necesidad de un visado irlandés o una autorización previa depende de su nacionalidad. Para comprobar si su nacionalidad necesita visado, consulte el enlace.
2. Tengo una tarjeta de residencia española/un visado Schengen/un Documento de Viaje emitido por España. ¿Necesito un visado para viajar a Irlanda?
Irlanda no forma parte del Espacio Schengen. El visado Schengen o la tarjeta de residencia española no permiten viajar a Irlanda sin visado. Un Documento de Viaje (Refugiado) emitido por España no es válido para viajar sin visado.
Para comprobar si su nacionalidad necesita visado, consulte el enlace.
3. Soy familiar de un ciudadano de la UE. ¿Necesito un visado para viajar a Irlanda?
Contacte con la Oficina de Visados en el correo madrid.visados@dfa.ie para recibir información actualizada para los familiares no comunitarios de ciudadanos de la UE.
Tenga en cuenta que la Embajada no puede validar una Tarjeta de Familiar de la UE, puesto que la emiten las autoridades españolas.
Tenga en cuenta también que el embarque de pasajeros es una cuestión operativa que compete a las compañías aéreas y otros transportistas, que determinan si transportan o no a un pasajero.
4. Mi tarjeta de residencia ha caducada / tiene menos de tres meses de validez. ¿Puedo solicitar un visado?
La tramitación del visado puede iniciarse con una fotocopia de ambas caras de la tarjeta de residencia actual (ya sea caducada o con menos de 3 meses de validez) y el resguardo de renovación, cuando proceda. Sin embargo, la decisión sobre su solicitud solo se podrá tomar cuando recibamos una tarjeta de residencia con una validez mínima de tres meses o una Autorización de regreso con una validez de 90 días a partir de la fecha prevista de salida de Irlanda.
Debe enviar una fotocopia de la nueva Tarjeta de residencia a la Oficina de Visados en cuanto la reciba. Si no la recibe antes del viaje, deberá presentar una copia de una Autorización de regreso antes de la fecha del viaje. Los visados concedidos sobre la base de esta última pueden estar sujetos a restricciones de fecha.
Si tu tarjeta no tiene de residencia no tiene la validez requerida y viaja dentro de 8-12 semanas desde la fecha de entrega de la solicitud, recomendamos que no incluya la Autorización de regreso cuando presente la solicitud inicial debido a las restricciones de fecha. El Oficial de visados se pondrá en contacto durante la tramitación para solicitar una Autorización de Regreso válida. Si ha solicitado un visado de negocios y viaja dentro de cuatro semanas, debería incluir la Autorización de Regreso.
5. No tengo tarjeta de residencia española. ¿Puedo solicitar un visado a través de la Embajada de Irlanda en España?
Para tramitar un visado para Irlanda a través de la Embajada de Irlanda en Madrid, el/la solicitante debe ser residente legal en España. Si el solicitante no reside legalmente en España deberá solicitar el visado a través de la Embajada de Irlanda que corresponda a su país de residencia habitual.
Para comprobar a qué Embajada debe dirigirse consulte aquí: Irish Embassies
6. ¿Cómo solicito un visado para Irlanda?
Rogamos entreguen los documentos siguiendo el orden indicado:
1. Formulario de solicitud: Rellene el formulario de solicitud en línea. A continuación, haga clic en «Ver e imprimir hoja» e imprima el Resumen del formulario de solicitud. Debe firmar y fechar esta hoja y enviarla a la embajada junto con los siguientes documentos. Tenga en cuenta que no tramitaremos el forumlario detllado sin el resumen del formulario.
2. Fotocopia de su tarjeta de residencia española (anverso y reverso): Para los visados de corta duración, debe tener una validez mínima de 3 meses después de la fecha en que tiene previsto salir de Irlanda. Consulte la Pregunta 4 para más información.
3. Dos fotografías recientes en color, tamaño pasaporte, con fondo claro. Escriba su nombre y el número de solicitud en el dorso. Comprueba los requisitos de las fotos.
4. Tasa de visado: prueba del pago de la tasa de visado, si procede. Consulte las preguntas 9 y 10 para obtener información detallada.
5. Una fotocopia completa de su pasaporte válido y de todos los pasaportes anteriores. Si se concede el visado, solicitaremos el pasaporte válido para afijar el visado.
a. Si no puede presentar las copias, indique el motivo en una carta y, si procede, presente las denuncias policiales de pérdida o robo du su pasaporte. Si su pasaporte actual es el primero, indíquelo en su carta.
b. Para los visados de corta duración, su pasaporte actual debe tener una validez de 6 meses después de la fecha en que tiene previsto salir de Irlanda.
c. Para los visados de larga duración, debe tener una validez de 12 meses a partir de la fecha prevista de llegada a Irlanda.
d. Las fotocopias deben incluir la página de datos personales y todas las páginas con el tamaño correcto y en el orden numérico.
7. Cuáles son los documentos requeridos?
- Haga clic en los enlaces abajo para ver los Documentos Requeridos para algunas de las solicitudes de visado más comunes. Debe incluir todos los documentos requeridos para su categoría específica de visado, incluida una carta de solicitud.
- Tenga en cuenta que las solicitudes que no incluyan todos los documentos requeridos serán denegadas.
- No grape los documentos ni los guarde en carpetas de plástico.
- Todos los documentos originales deben ir acompañados de una copia completa. No aceptamos documentos originales sin fotocopias, puesto que no se revisan.
- Las traducciones juradas/certificadas deben ir acompañadas del documento original. Si quiere que le devuelvan la traducción, debe presentar una copia completa.
- Si necesita información sobre otros tipos de visados, como Erasmus + Prácticas no remuneradas, Reunificación familiar, u otros, póngase en contacto con la Oficina de Visados por correo electrónico: madrid.visados@dfa.ie
Visados de corta duración C (menos de 90 días)
Turismo
Visita a familiares/amigos
Estudios de corta duración
Negocios
Conferencia
Actuación/Torneo
Visados de larga duración D (90 días o más)
Estudios de larga duracion
Empleo
Empleo-Investigación científica
8. ¿Es necesario entregar el pasaporte / tarjeta de residencia originales o puedo conservarlos?
La Oficina de Visados debe ver una copia completa de su pasaporte actual, de todos los pasaportes anteriores y de su Tarjeta de Identidad de Extranjero. No envíe pasaportes o tarjetas de residencias originales al entregar las solicitudes. Si se aprueba su solicitud de visado, deberá enviarnos su pasaporte original, que se verificará con la fotocopia presentada.
Copias del pasaporte
- Debe copiar la página de datos y todas las páginas.
- Todas las paginas deben ser del tamaño correcto y en orden numérico.
- Asegúrese que la fotocopia de su pasaporte valido es reciente y que contiene todos los sellos, visados y marcas.
9. ¿Cuánto cuesta solicitar un visado? ¿Puedo solicitar un visado de entradas múltiples?
Las tasas del visado son las siguientes:
- Visado de entrada única: 60 €
- Visado de entradas múltiples: 100 €
Algunos solicitantes están exentos de pagar la tasa de visado. Consulte la página sobre tasas de visado del sitio web de Inmigración de Irlanda para ver si le corresponde pagar la tasa. Si está exento por su nacionalidad, no es necesario presentar ningún documento aparte de una copia completa de su pasaporte válido.
Entrada sencilla/múltiple: Consulte el enlace para información sobre visados de entrada sencilla/múltiple. Debe explicar los motivos por los que solicita un visado de entrade múltiple en la carta de solicitud. La concesión de un visado de entrada múltiple queda a discreción del funcionario de visados. El pago de la tasa de entrada múltiple no garantiza que se le conceda. Tenga en cuenta que los visados para Conferencias se expiden generalmente como visados de entrada única.
10. ¿Cómo se paga la tasa de visado?
La tasa de visado solo se puede pagar mediante transferencia bancaria y debe abonarse en la cuenta de la Embajada de Madrid. Tenga en cuenta que los pagos de la tasa de visado no deben realizarse en la cuenta del Ministerio de Justicia de Irlanda.
Nombre de la cuenta bancaria: Embajada de Irlanda
Código IBAN Code: ES90 0182 1932 44 0201542340
Código Swift/BIC: BBVAESMMXXX
Dirección: BBVA, C/Claudio Cuello 92, Madrid 28006
Observaciones/Concepto: Incluya SU NOMBRE y la palabra VISADO para asegurar que se registre la tasa de su solicitud.
Tenga en cuenta que el solicitante es responsable de pagar cualquier comisión bancaria asociada a la transacción. Si tiene una cuenta bancaria fuera de la zona euro, puede reducir los gastos de transferencia acudiendo en persona a su sucursal BBVA más cercana y abonando la tasa en efectivo en la cuenta bancaria de la Embajada, indicando SU NOMBRE y la palabra VISA.
Algunos solicitantes están exentos del requisito de pagar la tasa de visado. Consulte la página de tasas de visado del sitio web de Inmigración de Irlanda para ver si la tasa se aplica en su caso. Si está exento por su nacionalidad, no es necesario que presente ningún documento además de su pasaporte válido.
Tenga en cuenta que la tasa de visado es una tasa administrativa y no es reembolsable. Consulte la información en el sitio web de Irish Immigration.
11. ¿Puedo enviar mi solicitud por correo postal certificado o mensajería? ¿Puedo presentar mi solicitud en persona en la embajada?
La Embajada solo acepta solicitudes enviadas por correo certificado o mensajería. Todas las solicitudes deben enviarse a:
Embassy of Ireland, Visa Section, Paseo de la Castellana 46 – 4, 28046 Madrid.
La Embajada no acepta solicitudes en persona.
12. ¿Cuánto tardará mi solicitud?
La tramitación de visados, incluidos los visados de visita, tarda un mínimo de 8 semanas desde que recibimos todos los documentos necesarios. Por tanto, recomendamos encarecidamente que presente los documentos de su solicitud por lo menos 8 semanas antes de la fecha de viaje y que se asegure de enviar todos los documentos requeridos. Si faltan documentos, la solicitud se retrasará.
Los visados de negocios se tramitan en 4 semanas desde que recibimos todos los documentos necesarios. Si faltan documentos, la solicitud se retrasará.
Las solicitudes se tramitan estrictamente por orden de recepción y no existe un proceso acelerado. Si tiene previsto viajar en Navidad, Semana Santa o verano, le recomendamos que presente su solicitud un máximo de 12 semanas antes de la fecha prevista para el viaje.
Tenga en cuenta que los billetes de viaje no son un documento requerido.
13. ¿Cómo puedo ponerme en contacto con la Oficina de Visados? ¿Puedo informarme sobre el estado de mi solicitud o la confirmación de la recepción de los documentos?
- La Oficina de Visados no responderá a consultas que tengan respuesta en en estas Preguntas Frecuentes, en la página web de la Embajada, en la página web de Inmigración de Irlanda o en la respuesta automática al correo electrónico de la Oficina de Visados.
- Tengo en cuenta que no hay teléfono de visados. La línea principal de la embajada no proporciona información sobre los visados.
- La Oficina de Visados no acusa recibo de las solicitudes ni de los documentos. Los solicitantes deben consultar el servicio de seguimiento de Correos o del servicio de mensajería que hayan elegido.
- La Oficina de Visados no proporciona actualizaciones de estado dentro de los plazos de tramitación indicados. Consulte la pregunta 12.
- Nos pondremos en contacto con los solicitantes por correo electrónico para solicitar documentos que falten y cuando se haya tomado una decisión.
Para otras consultas envíe un correo a: madrid.visados@dfa.ie
- Cualquier pregunta relacionada con una solicitud debe incluir el número de transacción de la solicitud de 8 dígitos y el nombre completo del solicitante tal y como aparece en la solicitud. No podemos proporcionar información sin estos datos.
- Nos esforzamos por responder a los correos electrónicos en un plazo de tres días hábiles. Sin embargo, durante las épocas de mayor actividad, como Navidad, Semana Santa y verano, los tiempos de espera pueden ser más largos debido al volumen de consultas que recibe la embajada.
- No envíe archivos adjuntos a menos que se le solicite, puesto que no se revisarán.
- No envíe correos electrónicos repetidos.
- Las solicitudes tramitadas en la embajada de Madrid no se pueden seguir en el Portal de Inmigración de Irlanda y no se puede crear una cuenta en el portal.
14. Exención de visado para grupos escolares (Lista de Viajeros)
La necesidad de un visado irlandés o una autorización previa depende de su nacionalidad. Para comprobar si su nacionalidad necesita visado, consulte el enlace. La Tarjeta de residencia de Espana no exime de la necesidad de un visado.
Sin embargo, para alumnos de colegios europeos que viajen en grupo a Irlanda existe una exención que exime de la necesidad de solicitar visado. La exención es válida para los estudiantes que viajen en grupo cuando vayan acompañados por un profesor o un responsable del grupo.
Tenga en cuenta que la exención se aplica a la enseñanza reglada y que el viaje debe estar autorizado por un colegio de enseñanza primaria/ secundaria/ formación profesional/ escuela oficial de idiomas/ universidad. Si el grupo está autorizado por una academia de idiomas, la exención no se aplica.
La duración de la visita debe ser menos de 90 días. Tenga en cuenta que no existe un límite de edad máxima, siempre que el estudiante forme parte de un grupo escolar.
Escriba a madrid.visados@dfa.ie para obtener la lista de viajeros y orientación sobre el proceso.
15. He perdido mi permiso de residencia irlandés (IRP) válido y mi nacionalidad requiere visado, ¿qué debo hacer?
1. Debe presentar una denuncia ante la policía en España si ha perdido o le han robado su IRP.
2. Si también le han robado el pasaporte, deberá solicitar primero un pasaporte de emergencia en la embajada o el consulado de su país.
3. Le recomendamos que informe a la compañía aérea de su situación antes de volar. Si la compañía aérea tiene alguna duda antes del embarque, puede ponerse en contacto directamente con la Border Management Unit.
4. Le recomendamos que lleve consigo la denuncia policial y una copia del IRP perdido, así como su pasaporte válido.
5. Tenga en cuenta que la Embajada no puede asesorar ni expedir una carta, puesto que no tenemos competencia en materia del permiso de residencia en Irlanda. Tenga en cuenta también que la autorización para embarcar en un avión es responsabilidad de la compañía aérea en cuestión.
6. Si le han denegado el embarque, puede enviar un correo electrónico a la Sección de Visados de la Embajada madrid.visados@dfa.ie explicando la situación. Indique «IRP perdido» en el asunto del correo.
He perdido mi permiso de residencia irlandés (IRP) válido y mi nacionalidad no requiere visado:
1. Debe presentar una denuncia ante la policía en España si ha perdido o le han robado su IRP.
2. Si también le han robado el pasaporte, deberá solicitar primero un pasaporte de emergencia en la embajada o el consulado de su país.
3. Puede viajar con la denuncia policial y una copia de su IRP.
4. Tenga en cuenta que el embarque de pasajeros es una cuestión operativa que compete a las compañías aéreas y otros transportistas, que determinan si transportan o no a un pasajero.
5. Si requiere asistencia, puede ponerse en contacto con la Sección de Visados madrid.visados@dfa.ie en horario laboral (de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00). Indique «Lost IRP» en el asunto del mensaje.